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Emite la CNDH recomendación a la Sedena por balacera en Nuevo Laredo

Por: La Redacción.

Ciudad de México., a 21 de marzo del 2023.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 95VG/2023 al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), general Luis Cresencio  Sandoval González, por las violaciones graves a los derechos humanos a la vida, a la seguridad jurídica e integridad personal, por uso excesivo de la fuerza mediante el uso ilegítimo de armas de fuego, que resultó en la muerte de cinco personas, una lesionada de gravedad y una más ilesa con afectaciones inherentes, en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

El 26 de febrero de 2023, en calles de la colonia Cavazos Lerma, en Nuevo Laredo, Tamaulipas, entre las 04:30 y 4:50 horas, siete personas circulaban en un vehículo tipo pick-up y, por “sospecha”, fueron seguidos por veintiún personas servidoras públicas que se transportaban en cuatro vehículos oficiales mientras realizaban recorridos relacionados con la seguridad pública, y sin que mediara amenaza real en contra de la vida de las personas servidoras públicas o de terceros, mientras le daban seguimiento al vehículo particular, sin emitir previamente comandos de voz, un elemento militar accionó su arma de fuego a la parte trasera del vehículo particular, acción que replicaron tres elementos más para dar apoyo al primer tirador.

Sin embargo, de acuerdo con las constancias que obran en la indagatoria penal federal, se puede afirmar que no se encontraron armas dentro del vehículo particular. También, que los vehículos oficiales no presentaron daños producidos por proyectiles de armas de fuego, que ningún elemento militar presentó lesiones por proyectil de arma de fuego y que todos los elementos militares involucrados en los hechos manifestaron ante el representante social de la Federación, que ninguno vio que del vehículo particular se originaran disparos de arma de fuego.

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Por lo anterior, la CNDH emitió la Recomendación 95VG/2023, solicitando al secretario de la Defensa Nacional que colabore en el trámite ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), para la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas de las siete personas agraviadas, incluyendo a los integrantes de sus núcleos familiares, a fin de que se proceda a la inmediata reparación integral del daño, que incluya la medida de compensación, en términos de la Ley General de Víctimas. Además, que se otorgue la atención médica, psicológica y tanatológica que las víctimas directas sobrevivientes e indirectas requieran, la cual deberá ser proporcionada por personal profesional especializado y ajeno a la Sedena y otorgarse de forma continua hasta que alcancen su sanación, física, psíquica y emocional, atendiendo a su edad, su condición de salud física y mental, y sus especificidades de género.

También se le pide que colabore ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional presente ante el Órgano Interno de Control en la Sedena en contra del personal que sin justificación legal alguna accionó sus armas de fuego en agravio de las siete víctimas directas, así como en la integración de la Causa Penal 1, y en el proceso penal derivado de las Carpetas de Investigación 2 y 3, a fin de que se investiguen y determinen las responsabilidades en materia penal de los cuatro elementos castrenses señalados como responsables y demás personal militar que la autoridad jurisdiccional y ministerial, en cada caso, determinen como responsables de los hechos en agravio de las siete víctimas.

Finalmente, la CNDH solicita y ofrece la propia participación, a fin de aplicar un plan amplio de capacitación y formación, que incluya el apoyo psicológico y de las condiciones en que desarrolla sus labores el personal militar, así como la impartición de cursos de capacitación en materia de derechos humanos sobre el uso de la fuerza pública y el uso legítimo de las armas de fuego, dirigido al personal militar involucrado en los hechos.

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