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Preciso que se sancione penalmente la violencia obstetrica: Geo Zapata

Por: La Redacción.

Chihuahua, Chih., a 27 de noviembre del 2023.- A través de la Oficialía de Partes, la Diputada Georgina Zapata Lucero presentó en el Congreso del Estado una iniciativa para adicionar el Capítulo Cuarto al Título Décimo del Código Penal del Estado de Chihuahua para que se provean servicios de salud materna con respeto irrestricto a los derechos humanos de las mujeres y que garanticen el acceso a la atención médica con perspectiva de género en nuestro Estado.

Señaló que la violencia obstétrica se genera con el maltrato que sufre la mujer embarazada al ser juzgada, atemorizada, humillada o lastimada física y psicológicamente, se presenta en los lugares que prestan servicios médicos y se da en todas las esferas de la sociedad.

“Esta forma de violencia se refiere a situaciones en las que las mujeres experimentan tratos deshumanizantes, falta de respeto, abuso verbal o físico, y procedimientos médicos innecesarios o invasivos durante el embarazo, el parto y el período postparto”.

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Indicó que a pesar de los avances en la atención médica, la violencia obstétrica persiste como una problemática global que afecta la salud física y emocional de las mujeres, además de socavar su autonomía y dignidad. La violencia obstétrica puede manifestarse de diversas maneras, incluyendo la negación de información y consentimiento informado, el uso excesivo de intervenciones médicas como la cesárea, episiotomía y medicación, así como la falta de privacidad y dignidad durante el proceso de parto.

Es importante que se provean servicios de salud materna con respeto irrestricto a los derechos humanos de las mujeres y que garanticen el acceso a la atención médica con perspectiva de género, de no ser así que exista la sanción para quien comete el acto bajo ciertos supuestos en sustento a lo que establece la CNDH, Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en nuestro estado, entre otros, y que dicha conducta sea penada de tres a seis años de prisión y de doscientos hasta trescientos salarios mínimos vigentes al momento de la comisión, puntualizó.

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